Reglas de Uso de los Centros Comunitarios Inteligentes
- En el Centro Comunitario está terminantemente prohibido, buscar, visitar o difundir material de índole pornográfico, racista o satánico.
- Todo usuario tiene la obligación de llenar los formularios o registros para uso de los CECIS.
- No se permite grabar música ni videos.
- Se prohíbe el uso de los equipos con propósitos fraudulentos que suponga la violación de cualquiera de las leyes vigentes (nacionales y extranjeras).
- Los encargados de la administración del Centro darán prioridad a los adultos mayores, personas con discapacidad y personas que no tienen conocimientos en el uso de las computadoras. Siempre tendrán prioridad aquellas personas que estén llevando algún curso de capacitación o fines investigativos académicos.
- En caso de daño de una microcomputadora, solo el personal del MICIT está autorizado para realizar las reparaciones correspondientes.
- Los usuarios no podrán realizar modificaciones en la configuración de equipos, archivos o programas propios del sistema.
- Queda prohibida la reproducción o distribución no autorizada de aquellos materiales y programas protegidos por el derecho de propiedad intelectual.
- Solo se permite una persona por computadora
- No se pueden ingerir alimentos o bebidas mientras se permanezca en el Centro Comunitario.
- Ningún usuario está autorizado para instalar programas de cualquier tipo.
- Cada persona puede utilizar el servicio de los Centros Comunitarios Inteligentes por un periodo máximo de UNA HORA diaria, salvo en caso de capacitación cuyo horario lo establecerá el programa del curso. Queda a juicio de las personas que brindan la asistencia a los CECIS extender las horas establecidas por persona.
- El acceso a Internet para niños y niñas no es restringido, siempre y cuando se demuestre que se encuentran fuera del horario lectivo o presenten la autorización escrita de padre, madre o tutor.
- La denegación de uso podrá ser inmediata previo apercibimiento durante el transcurso de la sesión en caso de que sea infringido estas reglas, los lineamientos para el uso del servicio de Internet o cuando se determine la evidencia de que durante la sesión se accede a contenidos no permitidos para su visualización en lugar público.